lunes, 31 de agosto de 2009

ACUSACIÓN PPK Y QUIJANDRIA

Congreso archivó acusación contra Kuczynski y Quijandría.
Expreso (31/08/2009)

LA SUBCOMISIÓN DE ACUSACIONES CONSTITUCIONALES, QUE PRESIDÍA LA CONGRESISTA MARTHA MOYANO (GPF),

declaró improcedente y dispuso el archivamiento de la denuncia constitucional formulada por la procuradora Nelly Mercedes Malarín Cáceres, contra los ex ministros Pedro Pablo Kuczynski y Jaime Quijandría, por el presunto delito de abuso de autoridad.

En la conclusión del informe se indica que los procuradores carecen de competencia para formular denuncias constitucionales y su función está limitada a casos jurisdiccionales.
Como se recuerda, la acusación constitucional fue presentada el pasado 3 de febrero por Malarín Cáceres y fue signada con el número 134.
El motivo de la denuncia señalaba que según el informe Especial 220-2008-CG/SP-EE –resultante del examen Especial a Petroperú S.A, Proceso de Contratación del Lote 56, el cual tuvo entre sus objetivos evaluar el proceso de negociación directa para la suscripción del Contrato de Licencia, para la explotación hidrocarburos en el Lot. 56 (Llamado Camisea II)–, entre Petroperú S.A. y la contratista Pluspetrol Perú Corporation–, ambos ex ministros habían incurrido en el presunto delito de abuso de autoridad.

ILEGALES.
En los fundamentos de hecho de la denuncia se detallaba que el refrendo ministerial –por parte del entonces ministro de Energía y Minas, Jaime Quijandría– del D.S. 033-2004-EM aprobó el contrato de licencia para explotación de hidrocarburos en el Lote 56, “no obstante que contenía términos contrarios a ley y, en su caso, no previstos en la legislación en materia de hidrocarburos”.
El documento agrega que “se establecieron para el Estado límites superiores (o topes máximos) para los porcentajes de regalías correspondientes a los diferentes hidrocarburos que incumplen con el principio de determinación de regalías mediante una escala variable en función de factores técnicos y económicos; y términos que permiten al contratista mantener la propiedad de algunos bienes que debían pasar a propiedad del Estado, una vez terminado el plazo de vigencia del contrato”.
“En el presente caso, la actuación contraria a normativa expresa y atentatoria de los principios de legalidad por parte de los ministros que refrendaron el Decreto Supremo 033-2004-EM, aprobando el Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos - Lote 56, ha permitido que se establezcan condiciones desfavorables para el Estado”, añadía el documento.

LA SESIÓN.
En sesión del 28 de abril de 2009, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, presidida por la congresista Martha Moyano, resolvió archivar la denuncia de la CGR por un tema formal, al señalar que los procuradores públicos no pueden formular denuncias constitucionales ante el Parlamento porque sólo intervienen en actuaciones jurisdiccionales.
Esta tesis siempre ha sido manejada por dicha congresista porque busca cuestionar los procesos judiciales seguidos contra el ex presidente Fujimori y sus ministros, porque recordemos que la mayoría de denuncias fueron presentadas por los procuradores José Ugaz y Luis Vargas Valdivia, lo cual significa que en estos casos se habría vulnerado el debido proceso.
Además, Moyano olvida que en ocasión de la denuncia a la ex legisladora Tula Benítez, el Ministerio de Justicia, mediante la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa del Estado, opinó sobre la procedencia que los procuradores puedan interponer denuncias constitucionales y mencionan una serie de antecedentes.
Otro hecho grave de esta interpretación de Moyano Delgado es que limitar la actuación de los procuradores públicos a la sede judicial significaría que no tendrían ninguna actuación a nivel fiscal o policial cuando denuncian casos de corrupción, lo cual viene ocurriendo actualmente.

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